Interesante sentencia la que hemos conocido recientemente:
LOS MÉDICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA TENDRÁN DERECHO A DESCANSO OBLIGATORIO TRAS LA JORNADA DE GUARDIA SEGÚN UNA SENTENCIA
Los médicos de Atención Primaria que desarrollan su trabajo en los centros de salud extremeños tendrán derecho a un descanso obligatorio tras haber finalizado su jornada de guardia. Así lo ha determinado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cáceres que ha estimado un recurso presentado por CSI-F contra una resolución del Servicio Extremeño de Salud.
Y es que la resolución del SES obligaba los médicos de Atención Primaria a trabajar de forma continuada de 8 a 15 horas pasando consulta normal; de tres de la tarde a ocho de la mañana del día siguiente en el turno de guardia y una vez que terminaban la guardia debían volver a atender “la consulta a demanda o cualquier otra función que no pueda ser aplazada a otra jornada laboral” sin descanso intermedio. (...) El Tribunal considera la jornada impuesta por el SES “como más larga de la permitida legalmente”.
Es más, la sentencia explica que“de no garantizarse inmediatamente-después de la guardia- el descanso puede generarse una situación de fatiga, una situación de cansancio tanto físico como psíquico que pueda dar lugar a una actuación médica no adecuada o errónea, no debiendo perderse de vista que en cuestiones de salud los errores pueden causar situaciones irreversibles.
A partir de ahora,CSI-F negociará con el SES para que esta sentencia sea de aplicación al resto de trabajadores sanitarios de Atención Primaria con jornada continuada como, por ejemplo, el colectivo de enfermería.
Hasta ahora, después de la guardia de 17 horas durante la semana, el enfermero tenía que volver a pasar consulta siete horas más hasta las tres de la tarde del día siguiente. O sea, que la jornada total, sin descansar (porque no tienes tiempo ni para comer) era (es) de 31 horas seguidas. Y si la guardia es medio decente, podrás dormir un par de horas, pero como sea movidita, al día siguiente le seguirás el tratamiento de la diabetes ¡a las plantas del recibidor!
A ver cuanto tarda en cumplirse esta sentencia que, además, debería ser de APLICACIÓN INMEDIATA a Enfermería.
¿El Colegio de Enfermeros (tanto provincial como General) no tienen nada que decir al respecto?
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