lunes, 5 de julio de 2010

¿Una bajada de sueldos ilegal?

Mi compañera Amalia me envía un texto muy interesante sobre una sentencia del Tribunal Supremo en relación a nuestra reciente bajada de sueldos del famoso 5%:

NOTA: he quitado fechas y números para hacer más ligera su lectura. Quien quiera saber más, que me lo diga en los comentarios. 




La Jurisprudencia del Tribunal Supremo desvirtúa el R.D.-Ley 8-2010 (El Decretazo del Gobierno)


Os adjunto la Sentencia del Tribunal Supremo, de 1995,  (...) que alude a otras dos Sentencias anteriores del mismo Alto Tribunal, de 1989,  y a la que se remitió el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la recientísima Sentencia de éste último de febrero (...).

En suma, el Alto Tribunal dice (...) que los Poderes Públicos, -en nuestro caso el Gobierno-  (...), pueden cambiar la estructura de las retribuciones como mejor le parezca, pero debe mantener el montante consolidado de las citadas retribuciones, mediante la técnica de los complementos  absorbibles por futuros aumentos. Es decir, que nos pueden congelar, como ya ha ocurrido en otras ocasiones, pero no pueden disminuir el montante consolidado de las retribuciones, pues ahí si que opera el concepto de derechos adquiridos, como avala la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo.

Conviene hacerlo circular, porque el citado R. D.-Ley 8/2010, en lo que afecta a la bajada de las retribuciones de los funcionarios, huele a inconstitucionalidad; de momento, está en contra de los pronunciamientos reseñados del Tribunal Supremo en esta materia, que constituyen Jurisprudencia.

¿Se decidirán los Sindicatos, rebaño subvencionado de este Gobierno, a llevarlos ante los Jueces?

¡Esto se pone interesante!

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